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“Por medio de la cual se modifica el artículo 234 de la Ley 5 de 1992. ”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Para citar a los funcionarios que deban concurrir ante las Cámaras y las Comisiones Permanentes, se observará el siguiente procedimiento:
1. Las proposiciones de citación sólo serán suscritas por uno o dos congresistas.
2. La proposición debe contener, necesariamente el cuestionario que debe ser absuelto.
3. En la discusión de la Proposición original pueden intervenir los citantes para sustentarla e igual número para impugnarla, pero sólo por el término de 20 minutos.
4. Aprobada la Proposición y el cuestionario, serán comunicados al Funcionario citado con no menos de 5 días de anticipación a la fecha de la sesión en que deberá ser oído y se advertirá la necesidad de darle respuesta escrita dentro de los 5 días calendario siguientes.


Datos Generales

Sep 20 d 2000 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Sep 20 2000

Radicado

Sep 22 2000

Publicación

383/00

Nov 08 2000

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

449/00

Ponentes

Dic 11 2000

Aprobado Primer DebateComisión I Senado

38/01, 134/01

Abr 17 2001

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

134/01

Ponentes

May 02 2001

Aprobado Segundo DebatePlenaria Senado

190/01

Dic 04 2001

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

630/01

Ponentes

Jun 20 2002

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales