“Por medio de la cual se eleva a la categoría de contrato de trabajo con practicantes del sistema de educación superior, una actividad laboral.”
Estados del Proyecto
Radicado
11.15.2001
Publicación
11.19.2001
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2002
Sinopsis
Existe contrato de trabajo entre el practicante del Sistema de Educación superior y la persona a la que se prestan esos servicios de práctica orientadas a la formación profesional, tecnológica o técnica completas que le brinda la Institución de Educación Superior que lo postula ante el empleador. Lo dispuesto en este artículo no se opone a que dichos practicantes desarrollen sus prácticas con sentido social y filantrópico como una labor al servicio de entidades sin ánimo de lucro que tengan por objeto dichas tareas sociales o filantrópicas, caso en el cual se entenderá que esa relación no es de trabajo.
La persona que reciba al practicante será el empleador. La Institución de Educación Superior, debidamente reconocida como tal, será la postulante. El estudiante que cumpla con la práctica será el practicante. El contrato de trabajo con practicantes se entenderá celebrado por el periodo lectivo señalado por la postulante. Podrá celebrarse por varios periodos lectivos, sucesivos o no, siempre dentro del plan de estudios de la postulante.
Datos Generales
Nov 15 d 2001 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Nov 15 2001 | Radicado | ||
Nov 19 2001 | Publicación | ||
Jun 20 2002 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
1998 2002
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Educación, cultura, ciencia y tecnología
Tema
Laboral
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
nov. 15, 2001
Legislatura
Legislatura Jul 2001 - Jun 2002
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