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“Por medio de la cual se reforma parcialmente el artículo 33 del Decreto 410 de 1971 [Políticas de comercio]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

La matrícula no requerirá renovación alguna. El inscrito informará a la correspondiente Cámara de Comercio la pérdida de su calidad de comerciante, lo mismo que cualquier cambio de domicilio y demás mutaciones referentes a su actividad comercial, a fin de que se tome nota de ello en el registro correspondiente. Lo mismo se hará respecto de sucursales, establecimientos de comercio y demás actos y documentos sujetos de registro.


Datos Generales

Dic 05 d 2001 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Dic 05 2001

Radicado

Dic 06 2001

Publicación

626/01

Abr 02 2002

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

73/02

Ponentes

Jun 20 2002

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    1998 2002

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Comercio, industria y turismo

  • Tema

    Asuntos administrativos

  • Número en Cámara de Representantes

    196/01

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    dic. 5, 2001

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2001 - Jun 2002

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    73/02

    626/01

  • Tags