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“Por medio de la cual se modifica el artículo 250 de la Constitución Política de Colombia (funciones generales de la Fiscalía General de la Nación).”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

El artículo 250 de la Constitución Nacional quedará así: Corresponde a la Fiscalía General de la Nación, de oficio o mediante denuncia o querella, investigar los delitos y acusar a los presuntos infractores ante el juez competente. Se exceptúan los delitos cometidos por los miembros de la fuerza pública en servicio activo y en relación con el mismo servicio.


Datos Generales

Mar 16 d 2001 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Mar 16 2001

Radicado

Mar 21 2001

Publicación

82/01

Abr 04 2001

Publicada Ponencia Primer DebatePrimer debate

111/01

Ponentes

Abr 26 2001

Aprobado Primer DebateComisión I Cámara

159/01, 570/01

May 03 2001

Publicada Ponencia Segundo DebateSegundo debate

163/01

Ponentes

May 16 2001

Aprobado Segundo DebatePlenaria Cámara

244/01, 314/01

Jun 05 2001

Publicada Ponencia Tercer DebateTercer debate

273/01

Ponentes

Jun 06 2001

Aprobado Tercer DebateComisión I Senado

297/01, 488/01

Jun 13 2001

Publicada Ponencia Cuarto DebateCuarto debate

297/01

Ponentes

Jun 19 2001

Aprobada conciliación en CámaraEn Cámara

373/01

Jun 19 2001

En ConciliaciónInforme

373/01

Ponentes

Jun 19 2001

Aprobado Cuarto DebatePlenaria Senado

332/01

Jun 20 2001

Aprobada conciliación en SenadoEn Senado

341/01

Oct 02 2001

Publicada Ponencia Quinto DebateQuinto debate

526/01, 527/01, 534/01

Ponentes

Oct 24 2001

Archivado en DebateCom I Cámara Art 157 Ley 5 de 1992

181/02

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