“Por medio de la cual se adiciona el artículo 49 de la Ley 617 de 2000.”
Sinopsis
Prohibiciones relativas a cónyuges, compañeros permanentes y parientes de los Senadores, Representantes a la Cámara, gobernadores, diputados, alcaldes municipales y distritales; concejales municipales y distritales; y miembros de juntas administradoras locales municipales y distritales. Los cónyuges, compañeros permanentes y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad de Senadores y Representantes a la Cámara no podrán ocupar ningún cargo público del orden nacional ni postularse a candidaturas de cargos públicos de elección popular.
Datos Generales
Dic 02 d 2009 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Dic 02 2009 | Publicación | ||
Jun 20 2010 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2006 2010
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Rama Legislativa
Tema
Asuntos administrativos
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
dic. 2, 2009
Legislatura
Legislatura Jul 2009 - Jun 2010
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