“Por medio de la cual se flexibiliza la jornada de trabajo de los trabajadores dependientes del comercio y se dictan otras disposiciones. [Jornada de trabajadores independientes]”
Estados del Proyecto
Radicado
04.17.2013
Publicación
04.22.2013
Publicada Ponencia Primer Debate
06.11.2013
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2013
Sinopsis
Los trabajadores y trabajadoras dependientes del comercio formal tendrán derecho, dentro de la jornada semanal de 48 horas, a jornadas flexibles de trabajo, distribuida durante los siete días anteriores a las festividades de navidad y año nuevo y será de máximo diez (10) horas diarias sin lugar a ningún recargo por trabajo suplementario.
Los trabajadores y trabajadoras a que se refiere el presente artículo, con excepción de quienes trabajen en restaurantes, clubes y discotecas, en ningún caso trabajarán más allá de las 22 horas entre el séptimo y el primer día anteriores a la navidad y el año nuevo. Tampoco lo harán más allá de las 21 horas del día 24 y 31 de diciembre.
Datos Generales
Abr 17 d 2013 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Abr 17 2013 | Radicado | ||
Abr 22 2013 | Publicación | ||
Jun 11 2013 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
Ponentes | |||
Jun 20 2013 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art. 190 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2010 2014
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Laboral
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
abr. 17, 2013
Legislatura
Legislatura Jul 2012 - Jun 2013
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
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