Compartir

“Por medio del cual el departamento archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina se organiza como distrito especial, turístico, biodiverso, financiero y cultural.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Este Proyecto de Acto Legislativo busca adicionar el artículo 356 de la Constitución Política, con un parágrafo final, que tendría dos incisos, y que dice lo siguiente:

El departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina se organiza como Distrito Especial, Turístico, Biodiverso, Financiero y Cultural. Su régimen político, fiscal y administrativo será el que determine la Constitución y las leyes especiales que para el efecto se dicten y, en lo no dispuesto en ellas, en las normas especiales vigentes para el territorio insular colombiano.

El territorio del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina estará constituido por las Islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, los Cayos Alburqueque, East Southeast, Roncador, Serrana, Quitasueño, Bajo Nuevo, Bancos de Serranilla y Alicia y las demás islas, islotes, cayos, morros, bancos y arrecifes que configuran la antigua Intendencia Especial de San Andrés y Providencia.


Datos Generales

Feb 12 d 2008 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
Ver todo

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Feb 12 2008

Radicado

Feb 13 2008

Publicación

34/08

May 06 2008

Retirado por el AutorArt 155 Ley 5 de 1992

Autores

Datos generales