“Por medio del cual se crea el servicio social obligatorio para ingenieros civiles y ambientales en municipios con población menor a 50.000 habitantes.”
Estados del Proyecto
Radicado
08.06.2008
Publicación
08.08.2008
Publicada Ponencia Primer Debate
10.15.2008
Archivado en Debate
11.11.2008
Sinopsis
Tiene por objeto crear el Servicio Social Obligatorio para ingenieros civiles y ambientales con formación tecnológica o universitaria, el cual deberá ser prestado dentro de todo el territorio nacional.
El objeto de la presente ley es desarrollar el principio constitucional consagrado en el artículo 67 de nuestra Constitución relacionado con la función social que debe tener la educación. En este sentido es de vital importancia vincular al profesional en formación con la comunidad para que a través de su experiencia académica implemente sus conocimientos en apoyo de las poblaciones con necesidades en el desarrollo e implementación de infraestructura con el aprovechamiento de los recursos propios de la región, así como la protección de los recursos naturales y la concientización de la conservación del medio ambiente.
Datos Generales
Ago 06 d 2008 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Ago 06 2008 | Radicado | ||
Ago 08 2008 | Publicación | ||
Oct 15 2008 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
Ponentes | |||
Nov 11 2008 | Archivado en Debate | Art 157 Ley 5 de 1992 |
Datos generales
Cuatrienio
2006 2010
Tipo
Proyecto de Ley
Tema
Profesiones
Tema
Educación, cultura, ciencia y tecnología
Número en Cámara de Representantes
Número en Senado
Fecha de Radicación
ago. 6, 2008
Legislatura
Legislatura Jul 2008 - Jun 2009
Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)
Tags
profesiones ingeniería ingenieros Servicio Social Obligatorios para Ingenieros Civiles y Ambientales