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“Por medio del cual se modifica la Ley 89 de 1988, los artículos 8, 11 y 12 de la Ley 21 de 1982 y el artículo 2 de la Ley 1233 de 2008 "por el cual se traslada un punto que se aporta a las Cajas de Compensación Familiar al ICBF con destinación específica para programas de nutrición a la primera infancia desnutrida, madres gestantes desnutridas, atención de menores víctimas de desastres y catástrofes naturales y atención a menores víctimas del conflicto armado.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

A partir del 1° de enero de 2010 los aportes para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, ordenados por las Leyes 27 de 1974, 7ª de 1979 y 89 de 1988, se aumentan al cuatro por ciento (4%) del valor de la nómina mensual de salarios. El incremento de los recursos que establece esta ley, es decir, el uno por ciento (1%) se entenderá con destinación específica para atender programas de nutrición a la primera infancia desnutrida, madres gestantes desnutridas, atención de menores víctimas de desastres y catástrofes naturales y para atención a menores víctimas del conflicto armado.


Datos Generales

Ago 13 d 2008 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Ago 13 2008

Radicado

Ago 15 2008

Publicación

531/08

Nov 25 2008

Retirado por el AutorArt 155 Ley 5 de 1992

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