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“Por medio del cual se modifican la Ley 97 de 1913, la Ley 84 de 1915, y se dictan otras disposiciones.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

La prestación del servicio de alumbrado público corresponde exclusivamente a los municipios. El municipio asumirá con cargo a su presupuesto la prestación, ampliación y modernización del servicio de alumbrado público, para lo cual podrá revisar su base de ingresos tributarios.


Datos Generales

Abr 06 d 2005 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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FechaEstadoProcedimientoNoSi

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Abr 06 2005

Radicado

Abr 08 2005

Publicación

147/05

Jun 20 2005

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2002 2006

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Servicios Públicos

  • Tema

    Ordenamiento Territorial y regiones

  • Número en Cámara de Representantes

    349/05

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    abr. 6, 2005

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2004 - Jun 2005

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    147/05

  • Tags