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“Por medio del cual se modifica el artículo 170 de la Ley 136 de 1994. [Personerías]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

A partir de la vigencia de la presente ley, los Personeros Municipales serán elegidos por el Concejo Municipal o Distrital, en los primeros diez (10) días del mes de enero del año respectivo, para un período de cuatro (4) años, el cual se iniciará el 1° de marzo y concluirá el último día de febrero.


Datos Generales

Sep 15 d 2005 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

Últimas votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi

Listado de votaciones

FechaEstadoProcedimientoNoSi
Ver todo

Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Sep 15 2005

Radicado

Sep 21 2005

Publicación

639/05

Sep 22 2005

AcumuladoVer Pl 45/05 Senado

Este proyecto se acumula en:

Datos generales

  • Cuatrienio

    2002 2006

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Organismos de Control y Ministerio público

  • Tema

    Asuntos administrativos

  • Número en Cámara de Representantes

  • Número en Senado

    101/05

  • Fecha de Radicación

    sept. 15, 2005

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2005 - Jun 2006

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    639/05

  • Tags

    municipios personeros personerias eleccion personeros