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“Por medio del cual se modifica el parágrafo del artículo 4 y se adiciona un inciso al literal A del artículo 7 de la Ley 56 de 1981.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

La compensación de que trata el literal a) del presente artículo se calculará aplicando a toda el área adquirida por la entidad propietaria –avaluada por el valor catastral promedio por hectárea, fijado por la autoridad competente– una tasa igual al 150% de la que corresponde al impuesto predial vigente para los predios rurales con vocación industrial o similar, para cada año en el que se cause la compensación, de acuerdo con la tarifa establecida por el Código o Acuerdo de Rentas en cada Municipio.


Datos Generales

Nov 29 d 2005 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Nov 29 2005

Radicado

Dic 02 2005

Publicación

860/05

Jun 21 2006

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2002 2006

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Infraestructura

  • Tema

    Economía

  • Número en Cámara de Representantes

    216/05

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    nov. 29, 2005

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2005 - Jun 2006

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    860/05

  • Tags

    obras publicas