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“Por medio del cual se precisa el alcance de las exenciones tributarias para los alcoholes carburantes y los biocombustibles con destino a la mezcla con gasolina para los vehículos automotores.”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Los alcoholes carburantes con destino a la mezcla con gasolina para los vehículos automotores beneficiarios de las exenciones del impuesto sobre las ventas, el impuesto global a la gasolina y la sobretasa de que tratan la Ley 788 de 2002, artículos 31 y 88 y que conservan el derecho a devolución de impuestos conforme lo establece el artículo 11 de la Ley 863 de 2003, serán única y exclusivamente los que se produzcan en el territorio nacional. En todo caso, las exenciones tributarias y cualquier tipo de prerrogativa que se otorgue a los alcoholes carburantes con destino a la mezcla con gasolina para los vehículos automotores se aplicarán única y exclusivamente a los que se produzcan en el territorio nacional.


Datos Generales

Sep 06 d 2005 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Datos generales

  • Cuatrienio

    2006 2010

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Minas y energía

  • Tema

    Economía

  • Número en Cámara de Representantes

    125/05

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    sept. 6, 2005

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2005 - Jun 2006

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

    560/06

    871/05

    871/05, 242/06

    590/05

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