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“Por medio del cual se modifica el artículo 3° de la Ley 797 de 2003 que modifica el artículo 15 de la Ley 100 de 1993 y se dictan otras medidas en materia de cotización a pensiones. [Pensiones]”

Estados del Proyecto



Decisiones de la Corte

Sinopsis

Para la afiliación de la que trata el numeral 2 de este artículo no será obligatoria la afiliación al régimen contributivo de salud, únicamente para personas de estrato 1, 2 y 3 que se encuentren en el régimen subsidiado de salud. La cotización se realizará teniendo como ingreso base de liquidación máximo dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Esta cotización tendrá una denominación especial y no podrá ser usada para los contratos de prestación de servicios ni situaciones similares.


Datos Generales

Dic 13 d 2017 Fecha de inicio 0 Votaciones realizadas

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Estados del Proyecto

EstadoDebateGaceta

Dic 13 2017

Radicado

Jun 20 2018

Archivado por Tránsito de LegislaturaArt 190 Ley 5 de 1992

Datos generales

  • Cuatrienio

    2014 2018

  • Tipo

    Proyecto de Ley

  • Tema

    Seguridad Social y salud

  • Tema

    Administración pública

  • Número en Cámara de Representantes

    202/17

  • Número en Senado

  • Fecha de Radicación

    dic. 13, 2017

  • Legislatura

    Legislatura Jul 2017 - Jul 2018

  • Diferentes Publicaciones del Proyecto (Gacetas)

  • Tags

    pensiones