“Proyecto mediante el cual se crea la licencia y el fuero de defunción y se dictan otras disposiciones.”
Estados del Proyecto
Radicado
07.23.2008
Publicación
07.29.2008
Publicada Ponencia Primer Debate
11.26.2008
Aprobado Primer Debate
06.06.2009
Archivado por Tránsito de Legislatura
06.20.2010
Sinopsis
En el caso de muerte de un hijo así como en el de muerte del cónyuge o compañero permanente o un padre, todo trabajador, del sector público o privado, tendrá derecho a cinco días de licencia remunerada con el salario que devengue al entrar a disfrutar del descanso. Si se tratare de un salario que no sea fijo, como en el caso de trabajo a destajo o por tarea, se toma en cuenta el salario promedio devengado por el trabajador en el último año de servicios, o en todo el tiempo si fuere menor.
Datos Generales
Jul 23 d 2008 Fecha de inicio | 0 Votaciones realizadas |
Últimas votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Listado de votaciones
Fecha | Estado | Procedimiento | No | Si |
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Estados del Proyecto
Fecha | Estado | Debate | Gaceta |
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Jul 23 2008 | Radicado | ||
Jul 29 2008 | Publicación | ||
Nov 26 2008 | Publicada Ponencia Primer Debate | Primer debate | |
Ponentes | |||
Jun 06 2009 | Aprobado Primer Debate | Comisión VII Senado | |
Jun 20 2010 | Archivado por Tránsito de Legislatura | Art 190 Ley 5 de 1992 |